El enfoque diferencial y étnico en la política pública de víctimas del conflicto armado
El enfoque
diferencial y étnico para las víctimas del conflicto armado

Imagen 1. poblaciones diversas

Imagen 1. poblaciones diversas
El enfoque de diversidad étnica en Colombia hace relación a las comunidades negras, afrocolombianas, palenqueras, raizales, gitanos y rom, como lo explica el siguiente vídeo
Ante el estado tanto mujeres como hombres somos iguales, por ello debemos ser tratados con los mismos derechos, sin embargo, en nuestro país existen comunidades que tienen un trato distinto por su situación de vulnerabilidad, estas poblaciones son conocidas como poblaciones diversas y en muchas ocasiones sus derechos se ven amenazados y son las mayores víctimas del conflicto armado.
Es nuestra responsabilidad como sociedad reconocer, divulgar y vivir un pensamiento igualitario, donde todos tenemos los mismos derechos, donde hay diversidad cultural y donde se busque romper con aquellos obstáculos y pensamientos que no nos dejan superar la exclusión.

En Colombia se ha creado el programa de Unidad
de reparación y atención a víctimas del conflicto armado, allí se generan
varios procesos que buscan reconocer, retribuir y restituir tanto tierras como
ayuda psicológica para las víctimas del conflicto en nuestro país dándoles a estas personas una nueva oportunidad de vivir en condiciones justas. como se pretende explicar en el vídeo encontrado en el siguiente link
A continuación algunas leyes que respaldan y
garantizan los derechos de las víctimas del conflicto enfocadas en poblaciones
diversas.
Ley 70 de 1993 Protección a la diversidad étnica y cultural y la igualdad para las comunidades negras
Ley 387 de 1997 se adoptan medidas para la
prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección,
consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados
internos por la violencia en la República de Colombia”
La corte constitucional en el Auto 218 de 2006 señala que los sujetos de especial protección constitucional “se diferencian del resto [de la población desplazada] en cuanto a la especificidad de sus vulnerabilidades, sus necesidades de protección y de atención, y las posibilidades que tienen de reconstruir sus proyectos de vida digna”
A través del Auto 004 de 2009, la Corte ordenó: se diseñe e implemente, dentro de sus respectivas órbitas de competencia, un programa de garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento…el cual debía contener componentes de prevención y atención, así como respetar los criterios de racionalidad constitucional en las políticas públicas.
La corte constitucional en el Auto 218 de 2006 señala que los sujetos de especial protección constitucional “se diferencian del resto [de la población desplazada] en cuanto a la especificidad de sus vulnerabilidades, sus necesidades de protección y de atención, y las posibilidades que tienen de reconstruir sus proyectos de vida digna”
A través del Auto 004 de 2009, la Corte ordenó: se diseñe e implemente, dentro de sus respectivas órbitas de competencia, un programa de garantía de los derechos de los pueblos indígenas afectados por el desplazamiento…el cual debía contener componentes de prevención y atención, así como respetar los criterios de racionalidad constitucional en las políticas públicas.
Decreto 2957 de 2010, establece un marco normativo para la
protección integral del pueblo rom
Ley 1448 de 2011 —Ley de Víctimas y
Restitución de Tierras Donde se ofrecen garantías para mujeres, jóvenes, niños
y niñas, adultos mayores, personas en situación de discapacidad, campesinos,
líderes sociales, miembros de organizaciones sindicales, defensores de derechos
humanos y víctimas de desplazamiento forzado.
- Decreto 4633, a través del cual se dictan medidas
de asistencia, atención, reparación integral y restitución de
derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos y
comunidades indígenas.
Decreto 4635 a través del cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos
territoriales a las víctimas pertenecientes a comunidades negras,
afrocolombianas, raizales y palenqueras.
Decreto 4634 , a través del cual se dictan medidas de
asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos
territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos rom o gitano.

imagen 3. justicia
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